En relación con la solicitud presentada por 80 socios en la que se solicitaba la convocatoria de
Asamblea Extraordinaria para la modificación de los Estatutos de la Gimnastica Segoviana C.F.
La Junta Directiva en reunión celebrada el tres de enero de 2020, ha adoptado los siguientes
acuerdos por unanimidad.

1. No convocar la Asamblea Extraordinaria solicitada, ya que según establecen los
estatutos del club es necesario al menos el 10% de los socios (artículo 17.2). A la fecha
de solicitud los socios de número eran 867. Siendo necesario que el escrito viniera
respaldado por al menos por 86 socios.
2. Entre las personas que han suscrito el documento hay dos incongruencias objetivas,
dos de los firmantes no tienen la condición de socio.
3. Cualquier petición que pretenda la convocatoria de una Asamblea Extraordinaria
deberá determinar por escrito no sólo el asunto a tratar sino también la finalidad que
se persigue, todo ello en aras a dar cumplimiento al artículo 7 del Código Civil:
1. “Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la Buena fe.
2. La Ley no ampara el abuso de derecho o el ejercicio antisocial del mismo”

Lo que comunicamos a los efectos oportunos, Segovia 3 de Enero de 2020.

LA JUNTA DIRECTIVA